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Bono de fin de año: aplicación

Aclaraciones sobre la Asignación No Remunerativa de fin de año para asalariados del sector privado (Bono)

 

  • El Ejecutivo Nacional dispuso mediante DNU 841/22 el pago de una Asignación No Remunerativa de $24.000, aplicable a trabajadores en relación de dependencia del sector privado con ingresos netos en diciembre/22 de hasta tres salarios mínimos, vitales y móviles ($185.859), sin contemplar el medio aguinaldo.

 

  • Se abona durante diciembre/22.

 

  • La misma se abona en forma proporcional a la jornada laboral.

 

  • No en todos los casos se abonará “por completo”, sino hasta alcanzar la suma indicada. Por ejemplo: si un trabajador percibe $175.000 de salario neto en diciembre/22, le correspondería un bono de $10.563, es decir, el monto de diferencia hasta completar los $ 185.859.

 

  • Se puede absorber mediante negociaciones paritarias que así lo hayan establecido en el acta de acuerdo, o las que así lo acuerden entre noviembre22 y enero23.

 

  • En el caso de las pymes, el Estado Nacional cubre el 50% mediante el correspondiente descuento en el anticipo del Impuesto a las Ganancias (deberán contar con certificado MiPyme vigente).

 

  • Para trabajadores del sector privado que específicamente se rigen mediante leyes 20744 (LCT) y sus modificatorias, 22250 (construcción), 26727 (rurales), y 26844 (personal de casas particulares).