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Paritarias mercantiles y traslado de fecha del día del empleado de comercio 2020

A raíz de versiones inexactas referidas a la firma de la paritaria mercantil, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), manifiestan que a la fecha no se ha concretado ningún acuerdo.

La crisis económica actual, severamente agravada por la pandemia, en el marco de falencias macroeconómicas de larga data, han dificultado la definición del otorgamiento de incrementos salariales, exigiendo especial prudencia.

Estamos convencidos que una mejora en los salarios de nuestros colaboradores representa un círculo virtuoso que regresa al consumo, fundamental para la reactivación económica, pero en este momento, desde el sector empresario con miles de empresas cerrando, estamos haciendo un gran esfuerzo para sostener la actividad y los puestos de trabajo.

Anhelamos que la voluntad de diálogo permita suscribir un acuerdo posible para el comercio, y en especial para las PyMEs, severamente castigadas por la pandemia.

Traslado de fecha para el día del empleado de comercio

Desde nuestra entidad queremos informar también, que se determinó que este año la jornada no laborable del Día del Empleado de Comercio, se trasladará al día lunes 28 de septiembre.

El Día del Empleado de Comercio, establecido por Ley 26.541, dispone que será un día de descanso para todos los trabajadores mercantiles “asimilándose dicho día a los feriados nacionales, a todos los efectos legales”.

Por lo tanto, si bien no es obligatorio para el trabajador prestar servicios, aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día, se les deberá liquidar un jornal adicional. También aclaramos que los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.