Comercios accesibles: recuerdan que por ley se debe permitir el ingreso de perro guías
Tanto a nivel municipal, como provincial y nacional existe legislación que regula esta temática, la cual busca asegurar el acceso y permanencia en los comercios de diferentes rubros, de las personas con discapacidad acompañadas de un perro guía o lazarillo.
Desde hace tiempo la Secretaría de Responsabilidad Social Empresaria de la Cámara trabaja para dar a conocer al sector la importancia de que se cumplan las leyes que aseguran el acceso, la deambulación y permanencia en compañía de sus perros guías o de asistencia, de personas que presentan alguna discapacidad, y las que en su mayoría son no videntes.
La normativa alcanza a los establecimientos gastronómicos; locales comerciales; oficinas del sector público y privado; lugares de ocio y tiempo libre; centros deportivos y culturales; establecimientos de enseñanza pública o privada; establecimientos religiosos; centros sanitarios y asistenciales; transportes públicos; terminales; hoteles; albergues; balnearios y otros lugares de acceso público, teniendo en cuenta que estos animales, hacen las veces de “ojos” de sus usuarios, por lo que no deben compararse con otros de su misma especie y se deben tener consideraciones especiales.
Cabe aclarar que según la norma, “se considera perro guía o de asistencia a aquel que tras superar un proceso de selección, finaliza satisfactoriamente su adiestramiento, para el acompañamiento, conducción, auxilio y alerta de las personas con discapacidad, obteniendo el certificado que así lo acredite”. Además, entre otras cosas, agrega que el animal “debe estar sujeto por una correa o arnés con agarradera de metal u otro elemento de similar función, no siendo obligatorio el uso del bozal”.
Esto último queda claro es porque dichos animales, además de contar con el certificado de los centros donde fueron adiestrados, se encuentran preparados para convivir en sociedad y compartir ciertas prácticas a las que otros caninos no estarían acostumbrados.
La normativa también prevé que quienes incumplan podrán ser sancionados en base a la Ley Nacional N°23592 relacionada a los actos discriminatorios, constituyendo como infracción grave la de impedir el acceso, deambulación y permanencia a las personas con discapacidad visual acompañadas de sus lazarillos.
Por otro lado, se enumeran además las obligaciones que tienen que ver con que los usuarios tienen que ser responsables del correcto comportamiento del animal, así como de los daños y perjuicios que estos puedan ocasionar a terceros, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil Argentino.
En Chaco
En nuestra provincia, que fue la primera de Argentina en implementar la normativa, es el Instituto de Inclusión para las Personas con Discapacidad del Chaco (IPRODICH) quien está a cargo de aplicar la ley, lo que incluye registrar a los perros guías, siempre teniendo presente que lo que se busca es que las personas con alguna discapacidad adquieran autonomía y puedan movilizarse libremente, logrando así una sociedad más inclusiva.
Actualmente solo existe una usuaria chaqueña no vidente, cuyo nombre es Cintia Vega, quien se mueve en compañía de su perra Sasha. Hace un tiempo Cintia visitó las instalaciones de nuestra Cámara para continuar los trabajos de concientización sobre la temática que se vienen haciendo y resaltó la importancia de que los comerciantes puedan informarse sobre el tema, para lograr una mayor accesibilidad e inclusión.
Perros guías
Aunque puede pensarse que cualquier canino puede desempeñar esta función, debe quedar claro que no es así, ya que estos animales deben cumplir con determinadas características. Por esta razón, las razas más habituales de perros de asistencia o lazarillos, como también se los llama, son los labradores o golden retriever, así como el pastor alemán; porque, entre otros motivos, su carácter equilibrado, inteligencia y facilidad de aprendizaje hacen que sean ideales para ocupar este rol.
Estos animales, en su adiestramiento (que dura aproximadamente dos años) aprenden tanto a acompañar a sus usuarios para moverse con seguridad en la calle, como a guiarlos para desarrollar las tareas del hogar. Por ello, son entrenados para identificar y anticipar aquellos peligros que puedan poner en riesgo la salud o la integridad física de sus dueños.
Por esta razón, es muy importante que las demás personas no los molesten cuando están cumpliendo su función, ya que una simple acción puede tener consecuencias negativas para los usuarios. En ocasiones suele pasar que quienes ven al animal, por costumbre se acercan y desean acariciarlo, pero hay que tener presente que, para evitar posibles accidentes, eso no debe hacerse.
Información
Los socios que deseen obtener más información sobre la temática pueden contactarse con los canales habituales de la Cámara, donde se les brindará el asesoramiento pertinente.
Fecha de publicación: 06-05-2020.-