Cámara de Comercio confirma que AFIP oficializó la obligatoriedad de aceptar tarjetas de débito
Tal lo anunciado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), entidad que nuclea a la Cámara de Comercio de Resistencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentó el cronograma de fiscalizaciones respecto al cumplimiento de las normas de facturación y, en particular, de la obligatoriedad de aceptar tarjetas de débito como forma de pago en las ventas a consumidor final, tal como lo dispone el Capítulo II de la Ley 27253.
La AFIP dará otro paso relevante con la publicación en el Boletín Oficial de una resolución que simplemente regula la Ley 27.253, del 13 de junio, que estableció el reintegro del 15 % del IVA por compras en comercios minoristas hasta $ 2.000, para sectores de bajos ingresos, como los perceptores de jubilaciones, pensiones hasta dos niveles mínimos, y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.
La CAME, con el apoyo de las cámaras del interior, entre ellas Cámara de Comercio de Resistencia, solicitó que la norma sea aplicada en forma gradual, y es por ello que recién a partir del 1 de julio de 2017 todos los comercios, restaurantes y hoteles deberán aceptar todos los medios de pago, una medida que estaba legislada pero no se cumplía.
Tal lo solicitado por la CAME, se acordó que el calendario de implementación fije que las inspecciones sean progresivas por sector económico y monto de facturación anual de 2015 y, asimismo, se celebró un convenio con los proveedores del dispositivo que permitirá que el alquiler de los Posnet para cobrar con tarjeta de débito sean gratuitos para monotributistas, quienes no tendrán costo por el alquiler por 2 años. Por Régimen general, tendrán bonificaciones que irán desde el 50 % hasta 6 meses, según el proveedor del servicio.
Actualmente, hay 500 mil contribuyentes que tienen un POS para facturar sus operaciones, la meta es que en un año se agreguen al menos otros 200 mil, para lo cual desde la administración destacan que «quienes no cumplan con el cronograma de adhesión obligatoria podrán sufrir multas de $ 300 a $ 30.000 y la clausura del establecimiento de 3 a 10 días, en los casos de hechos graves y reincidencia».